Promoción en redes sociales

Bases Legales del Sorteo

Sorteo de comentarios en Facebook e Instagram — Restaurante Casa Bernardo

La participación en este sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes Bases Legales. Esta promoción no está patrocinada, avalada ni asociada a Facebook, Instagram ni Meta Platforms, Inc.
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Empresa Organizadora

La empresa Restaurante Casa Bernardo, con domicilio en C. Cabo de la Nao, 1, 11205 Algeciras, Cádiz e identificada con el número B11398625, organiza el presente sorteo de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet, exclusivo para usuarios residentes en España.

La finalidad de este sorteo es premiar a los seguidores de la marca en Facebook e Instagram.

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Fecha de Inicio y Finalización

La Promoción se iniciará el 2 de junio de 2026 y finalizará el 9 de junio de 2026. La Empresa se reserva la facultad de ampliar o reducir dicho plazo, comunicándolo con antelación en sus perfiles de Facebook e Instagram.

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Requisitos de Participación y Mecánica

Podrán participar aquellas personas que residan en España.

Los participantes deberán comentar la publicación de la marca en la plataforma correspondiente (Facebook o Instagram), etiquetando a 3 amigos en el comentario, durante el período de participación.

Los participantes en Facebook deberán ser seguidores de la página "Restaurante Casa Bernardo" durante el período de participación.

Los participantes en Instagram deberán ser seguidores de la cuenta @casabernardoalgeciras durante el período de participación.

Los participantes deberán dar "Me gusta" en la publicación del presente sorteo en la plataforma donde participen.

Se realizarán dos sorteos independientes: uno entre los participantes de Facebook y otro entre los participantes de Instagram, resultando un total de dos ganadores.

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Condiciones y Premio

Se elegirá a cada ganador de forma aleatoria mediante la plataforma Rafi. Los ganadores serán comunicados públicamente a través de los perfiles de Facebook e Instagram de la marca, respectivamente.

El premio consistirá en: un menú especial de cena para dos personas en el Restaurante Casa Bernardo. El Premio incluye únicamente la cena para dos personas en el establecimiento; los desplazamientos y cualquier otro gasto derivado de la asistencia al restaurante correrán a cargo del ganador.

El Premio no podrá canjearse por dinero en metálico ni por cualquier otro premio. La Empresa se reserva el derecho de modificar el Premio si en el momento de declarar al ganador existiesen problemas operativos o de disponibilidad.

El ganador dispondrá de un plazo de 2 días naturales a contar desde la fecha de publicación del resultado para contactar con la Empresa. En caso de no producirse dicho contacto, se declarará el sorteo desierto o se designará un nuevo ganador. La concesión del Premio queda sujeta a la normativa fiscal vigente en España.

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Descalificaciones y Penalizaciones

Si se evidenciase que cualquiera de los participantes no cumple con los requisitos exigidos en las presentes Bases, o los datos proporcionados no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedará automáticamente excluido de la Promoción, perdiendo todo derecho sobre el Premio.

La Empresa se reserva el derecho de declarar el sorteo desierto si detecta irregularidades en el proceso de participación.

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Publicación de Comentarios u Opiniones

No se permitirán comentarios cuyo contenido se considere inadecuado, ofensivo, injurioso o discriminatorio, o que pudiera vulnerar derechos de terceros ni los principios de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

La participación en la Promoción no podrá vulnerar en ningún caso las normas comunitarias de Facebook e Instagram ni sus condiciones de uso. Si se descubriese el empleo de medios fraudulentos para la participación, como el uso de bots, el Premio no será adjudicado.

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Exoneración de Responsabilidad

La Empresa no se responsabiliza de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la Promoción, ni del uso que haga el participante respecto del Premio obtenido.

No se asume responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la realización de la Promoción o el disfrute total o parcial del Premio. En caso de que la Promoción no pudiera realizarse por fraudes detectados, errores técnicos u otros motivos ajenos al control de la Empresa, esta se reserva el derecho a cancelar, modificar o suspender la misma.

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Exención de Responsabilidad de Facebook e Instagram

La presente Promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Facebook, Instagram o Meta Platforms, Inc. Los participantes liberan expresamente a dichas plataformas de toda responsabilidad derivada de la misma.

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Protección de Datos Personales

La empresa responsable del tratamiento de sus datos es Restaurante Casa Bernardo, con domicilio en C. Cabo de la Nao, 1, 11205 Algeciras, Cádiz y número identificativo B11398625.

De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), cada participante, con la aceptación de estas Bases Legales, consiente que sus datos personales sean incorporados a un fichero titularidad de la Empresa, con la finalidad de gestionar el sorteo, difundir y publicitar sus resultados, y tramitar la entrega del Premio.

El participante tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en caso de que considere que el tratamiento de sus datos personales no es adecuado a la normativa vigente.

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Cambios y Aceptación de las Bases

La Empresa se reserva el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida en que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en la Promoción.

El mero hecho de participar en el sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes Bases Legales. Asimismo, la participación supone la aceptación de las normas y condiciones de uso de Facebook e Instagram.

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Legislación Aplicable y Jurisdicción

Las presentes bases legales se regirán de conformidad con la legislación española vigente. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia los Juzgados y Tribunales de la ciudad de residencia del participante, renunciando expresamente la Empresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.